Vigilancia en la oficina
¿Es legal que en mi oficina de trabajo nos graben las 24 horas de día?
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Es legal bajo una serie de conceptos.
Sonidos e imágenes son objeto de protección por lo que se deben seguir las pautas de la LOPD para el tratamiento de las mismas.
El Estatuto de los trabajadores, en su artículo 20, permite que las empresas adopten medidas oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.
En parte esto tiene la limitación a que debe realizarse con la obligación de la emisión de un informe por el Comité de Empresa con carácter previo en lo que respecta a la implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo.
Realmente, la única forma de videovigilancia justificada es aquella necesaria para cumplir requisitos de producción y seguridad laboral, siempre que se lleve a cabo con las garantías necesarias: advertir a la plantilla -no es suficiente con un cartel- y de explicar en qué casos las grabaciones serán examinadas por la dirección de la empresa y en qué circunstancias las imágenes podrán ser entregadas a las autoridades judiciales. En ningún caso, algo en lo que coinciden la legislación comunitaria y española, se podrían instalar en lugares como baños, duchas, etc.
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5 respuestas:
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Buenos días, es legal siempre y cuando se cumpla con la normativa vigente, es decir la instalación de CCTV esté inscrita en el Registro y la ubicación de las cámaras sea perfectamente visible.
Saludos
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Hola,
Los trabajadores tienen que saber que van a ser grabados.
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Siempre y cuando la instalación cumpla con la normativa de videovigilancia, es decir, notificada a la Agencia Española de Protección de Datos y que el lugar de instalación lleve los carteles de aviso, asegurándose de que cualquier persona, ya sean trabajadores o personas ajenas que acceden al lugar, estén al tanto sobre dicha grabación y que puedan exigir sus derechos ante el titular de tratamiento de datos.
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Sí es correcto. En donde no sería legal es en los servicios. Saludos.
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Sí, siempre que el trabajador sepa donde están situadas las cámaras y se encuentren registradas en la ley de protección de datos.
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