Todos los bancos y cajas de ahorro de España cuentan entre sus muchos productos con cajas de seguridad para que sus clientes puedan guardar allí objetos de gran valor económico o sentimental, o bien documentos o cualquier otra cosa. Su contenido es estrictamente confidencial y no tienes que declararlo al banco. Es una de las principales características, ya que la entidad financiera te alquila un espacio pero nunca sabrá lo que hay en él. El titular de la caja es quien responde sobre todo su contenido, que debe ser totalmente legal y que no sea perjudicial para las instalaciones. Banco y clientes tienes una serie de obligaciones. Empecemos por las del banco o caja:
- Entregar al cliente la llave de la caja para que pueda utilizarla e introducir todo lo que desee.
- Permitir al cliente el acceso a la caja de seguridad en cualquier momento que lo desee, siempre y cuando sea un día hábil y se encuentre dentro del horario de apertura de las instalaciones.
- Facilitar al cliente un lugar reservado para poder realizar cualquier operación con la caja en total intimidad.
- Asegurar la integridad de la caja, custodiándola de manera permanente para evitar cualquier daño o intrusión en las mismas.
- En cuanto al cliente, sus obligaciones son las siguientes:
- Pagar el coste de apertura y de mantenimiento que solicita la entidad y que está establecido en las listas de precios de sus productos
- Usar la caja de seguridad según lo acordado en el contrato, lo que supone que no se pueden guardar sustancias peligrosas, nocivas o de comercialización prohibida
- Informar a la entidad financiera de la pérdida de la llave en cuanto esto suceda
- Devolver la llave al finalizar el contrato y vaciar la caja de seguridad. Si se incumpliera este punto, la entidad podría abrir la caja a través de una orden judicial
En la zona en donde se encuentren las cajas de seguridad no podrá haber ningún sistema de videovigilancia, ya que iría en contra de la intimidad de los titulares.